DECRETO B – 37 – 2024
POR EL CUAL SE NOMBRA VICARIO PARROQUIAL DE SANTIAGO APÓSTOL, EN TENJO
+ PEDRO MANUEL SALAMANCA MANTILLA
Obispo de Facatativá
PARA LA GLORIA DE DIOS Y EL BIEN DE LA IGLESIA
Considerando:
- Que, los pastores de la Iglesia son enviados por Dios Padre a gobernar su familia a ejemplo del Buen Pastor que, no vino a ser servido sino a servir (LG 27);
- que corresponde al Obispo diocesano, como pastor diocesano, gobernar la Iglesia particular procurando tener en cuenta la salvación de las almas, que debe ser siempre la ley suprema de la Iglesia (Cans. 391, 1752);
- que, el Obispo diocesano, para el bien de la Iglesia Particular, tiene la autonomía para hacer la remoción de párrocos y vicarios parroquiales en el momento que considere oportuno;
- que los vicarios parroquiales en razón de su oficio, tiene la obligación de ayudar al párroco en el cumplimiento de todo el ministerio parroquial, excepto en la aplicación de la Misa por el pueblo (can 548 §1-3).
DECRETA:
Artículo primero:
- Nómbrese como Vicario Parroquial de Santiago Apóstol, en Tenjo, al señor Presbítero URIEL SILVA CÁRDENAS.
Artículo segundo:
El mencionado sacerdote tendrá licencias en todo el territorio Diocesano
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Facatativá, a dieciocho (18) de enero de 2024.
+ PEDRO MANUEL SALAMANCA MANTILLA
Obispo de Facatativá
JUAN CARLOS MUÑOZ GAITÁN, Pbro
Canciller