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Decreto de apertura del año jubilar y templos jubilares en la Diócesis

Decreto E – 08 – 2024

Por el cual se da apertura solemne en la Diócesis de Facatativá al Año Jubilar de la Esperanza, convocado por el Santo Padre, su Santidad el Papa Francisco, y se establecen los Templos Jubilares para obtener la Indulgencia en el Año Santo 2025

Para la gloria de Dios y el bien de la Iglesia

Considerando:

  1. Que, en la Solemnidad de la Ascensión de Nuestro Señor Jesucristo del pasado 09 de mayo, el Santo Padre, su Santidad el Papa Francisco, con la Bula Spes non confundit, ha convocado el Jubileo Ordinario del Año 2025 “Peregrinos de la Esperanza”;
  2. Que el Año Jubilar es para toda la Iglesia una intensa experiencia para alcanzar la esperanza que nos da la gracia de Dios y para redescubrirla en los signos de los tiempos que el Señor nos ofrece (cfr. Spes non confundit 7);
  3. Que, el Santo Padre ha establecido que «el domingo 29 de diciembre de 2024, en todas las catedrales y concatedrales, los obispos diocesanos celebren la Eucaristía como apertura solemne del Año jubilar, se lean algunos pasajes de la Bula y se anuncie al pueblo la indulgencia jubilar» (Spes non confundit 6);
  4. Que, las peregrinaciones, los santuarios y las Iglesias Jubilares expresan un elemento fundamental de todo acontecimiento jubilar y favorecen el redescubrimiento del valor del silencio, del esfuerzo, de lo esencial y, son lugares de acogida y espacios privilegiados para generar esperanza (cfr. Spes non confundit 5. 24);
  5. Que, la «Indulgencia, en efecto, permite descubrir cuan ilimitada es la misericordia de Dios» y que para obtenerla la Penitenciaría Apostólica ha emanado el pasado 13 de mayo de 2024 las siguientes disposiciones, a saber:

Durante el Jubileo Ordinario del 2025 permanece en vigor cualquier otra concesión de Indulgencia. Todos los fieles verdaderamente arrepentidos, excluyendo todo afecto al pecado (cfr. Enchiridion Indulgentiarum, IV ed., norm. 20, § 1) y movidos por espíritu de caridad y que, en el curso del Año Santo, purificados a través del sacramento de la penitencia y alimentados por la Santa Comunión, oren por las intenciones del Sumo Pontífice, podrán conseguir del tesoro de la Iglesia, plenísima Indulgencia, remisión y perdón de sus pecados, pudiéndose aplicar a las almas del Purgatorio en forma de sufragio:

En las sagradas peregrinaciones

  1. En las pías visitas a los lugares sagrados

  1. En las obras de misericordia y de penitencia

Decreta:

Artículo primero:

Dese apertura con la solemne celebración eucarística, según el Ritual preparado para la ocasión, al Jubileo Ordinario del Año 2025 “Peregrinos de la Esperanza” en la Iglesia Catedral de la Diócesis de Facatativá, procurando que «el Pueblo de Dios acoja, con plena participación, tanto el anuncio de esperanza de la gracia de Dios como los signos que atestiguan su eficacia».

Artículo segundo:

Establézcanse como Lugares de Peregrinación los siguientes templos parroquiales y santuarios:

1. La Catedral Nuestra Señora del Rosario en Facatativá.

2. El Templo parroquial de San Francisco de Paula en Madrid

3. El Templo parroquial de Santiago Apóstol en Funza

4. El Templo parroquial de San Miguel Arcángel en Subachoque

5. El Templo parroquial de San Miguel Arcángel en Villeta

6. El Santuario de Nuestra Señora, Salud de los Enfermos, en Bojacá

7. El Santuario de Nuestra Señora de la Salud en Supatá

8. Únicamente los días 13 de mayo y 13 de octubre de 2025: El Santuario Diocesano “Nuestra Señora del Rosario” de Facatativá, conocido como “Jardín de Amor de Santa María”.

Artículo tercero:

Concédase la Indulgencia Plenaria a quienes visiten en Peregrinación los templos y lugares jubilares mencionados en el “Artículo Segundo” del presente decreto, siguiendo las disposiciones emanadas por la Penitenciaría Apostólica.

Comuníquese y Cúmplase

Dado en Facatativá, a veintinueve (29) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), en la Fiesta de La Sagrada Familia de Jesús, María y José.

+Pedro Manuel Salamanca Mantilla
Obispo de Facatativá

Francisco Javier Jaramillo Celis, Pbro. 
Canciller

    Brayan Antonio Salazar Castro, Pbro.
Vicecanciller